Depresión posparto: qué es, síntomas y consejos para superarla

Ya eres toda una superheroína de la maternidad, pero esto aún no te convierte en la madre que puede trabajar con un bebé de casi 9 meses en la tripa o un recién nacido en el brazo, necesitamos alternativas… y, de momento, solo tenemos una: la baja por maternidad. ¿Tienes dudas sobre la baja de maternidad? ¡En Nenuco te ayudamos!
Aunque ese bebé recién nacido sea capaz de robar toda tu atención es importante que no te olvides de que tienes 7 días para presentar la solicitud de la baja de maternidad desde que nace el bebé, aunque puede haber veces que tu médico te encomiende esta misión en las 10 semanas anteriores a la fecha de parto. Pero, no te preocupes, el proceso es muy sencillo y solo requiere algunos pasos:
La ley también contempla el descanso con la baja de maternidad, que es un período de descanso laboral que se le da a la madre por el nacimiento de su bebé, la adopción, el acogimiento o la tutela de un peque.
En general, la baja de maternidad tiene una duración de 16 semanas, de las cuales 6 tendrás que disfrutarlas obligatoriamente de forma ininterrumpida desde el momento en el que nace tu bebé. En caso de que tengas un parto múltiple, tendrás dos semanas más por cada bebé que tengas a partir del segundo.
Pero espera, mamá, no tienes por qué disfrutar de estas 16 semanas de forma seguida si no quieres. Una vez pasen las 6 semanas de descanso obligatorias, puedes decidir y acordar con la empresa si disfrutar las demás de forma acumulada, interrumpida, a jornada completa, jornada parcial… y hasta el 01 de enero de 2020, incluso puedes regalarle alguna a papá.
¿Has adoptado o acogido de forma permanente a un peque? Entonces tienes derecho a la baja por maternidad de 16 semanas, siempre que el niño o niña tenga menos de 6 años o sea un menor de 18 años con algún tipo de discapacidad. No temas a disfrutar de estos derechos, mamá, en general, la empresa no puede despedirte por disfrutar de tu baja de maternidad, a menos que se den situaciones excepcionales graves como el cierre por motivos económicos, y en cuanto vuelvas de la baja de maternidad retomarás tu contrato tal cual era, con los días de vacaciones incluidos.
Si no quieres volver aún al trabajo, ¿qué? ¡No desesperes, mamá! Aún hay posibilidades de conseguir la conciliación familiar que deseas:
Tenemos buenas noticias, mamá: durante el permiso de trabajo por maternidad tu prestación es el 100 % de la base reguladora, lo que se traduce en la cantidad que la empresa esté cotizando ahora mismo por ti. Claro que, para poder cobrar esta cantidad durante la baja de maternidad, debes cumplir los requisitos de cotización, que varían con la edad:
¿Y las mamás autónomas? Vosotras, además de cumplir con los requisitos de los períodos de cotización mínimos de las trabajadoras por cuenta ajena, también tendréis que estar afiliadas al INSS y estar al corriente de pago en las cuotas, así como seguir cotizando durante la baja de maternidad, pero, ¡no os preocupéis! Recibiréis la bonificación íntegra de la cuota de autónomos durante este período.
Papá, tú también tienes derecho al permiso de paternidad por el nacimiento o la adopción de tu hijo, tanto si eres trabajador por cuenta ajena, como autónomo o funcionario. Solo necesitas estar dado de alta en el momento de nacer el peque y haber cotizado 180 días en los 7 años previos al nacimiento del bebé o 360 a lo largo de tu vida laboral.
Para pedir la baja de paternidad, debes avisar a la empresa, que te hará un certificado de baja en el que detallen tu sueldo del último mes. Al llegar vuestro peque al mundo, después de darle su kit de bienvenida de muchos mimos made in papá, tendrás que ir a la Seguridad Social y rellenar el modelo de solicitud de paternidad. Esta documentación debe ir contigo:
Al igual que mamá, tú también tienes una labor que cumplir como superhéroe de la paternidad, de ahí que por ley también tengas baja de paternidad. Claro que, de acuerdo con lo que se establece en el RD 6/2019, dependiendo del momento en el que nazca vuestro bebé, tu baja de paternidad será de una forma u otra:
No tengas miedo de disfrutar de la baja de paternidad y de estos momentos con tu recién nacido, papá. En general, la empresa no puede despedirte de forma improcedente, por lo menos hasta que tu bebé cumpla 9 meses, pues se consideraría como un despido nulo.
¿Y tú? ¿Conoces más datos interesantes sobre la baja por maternidad? ¡Compártelos en nuestras redes sociales con el hashtag #YoSoyLaMadreQue… puedo con un bebé y un trabajo a la vez!